¿Cuándo iniciar el trámite en la Comisión Médica por accidente de ART?

¿Cuándo ir a la Comisión Médica para cobrar la indemnización por ART?”

Tras sufrir un accidente de trabajo o ser diagnosticado con una enfermedad profesional, el primer paso obligatorio es realizar la denuncia ante tu empleador o directamente a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Sin embargo, muchos trabajadores se preguntan: ¿en qué momento exacto se debe acudir a las Comisiones Médicas de la SRT?

La respuesta depende exclusivamente de la respuesta (o la falta de ella) por parte de la aseguradora. Los momentos clave para iniciar tu trámite son los siguientes:

    1. Si la ART te otorgó el alta médica pero te quedaron secuelas
      Este es el escenario más común. Una vez que finalizás el tratamiento y te dan el alta médica definitiva, la ART debe citarte para evaluar si te quedó un porcentaje de incapacidad y fijar una indemnización. Si la ART no te cita, o la propuesta que te hace es insuficiente, es el momento de iniciar el trámite de Determinación de la Incapacidad ante la Comisión Médica.

    1. Si estás en desacuerdo con el alta (Divergencia en el Alta)
      Si el médico de la aseguradora te otorga el alta médica pero sentís que no estás recuperado, tenés dolores o no podés retomar tus tareas habituales, no dejes pasar el tiempo. Tenés un plazo estricto de solo 5 días hábiles desde que te notificaron el alta para presentarte ante la Comisión Médica e iniciar una Divergencia en el Alta. Un médico de la SRT evaluará si debés continuar con tratamiento o kinesiología.

    1. Si la ART rechaza tu accidente o enfermedad
      Si presentaste la denuncia y la ART te envió una carta documento rechazando el siniestro (argumentando que la lesión es preexistente, que no ocurrió en horario laboral, etc.), contás con un plazo para acudir a las Comisiones Médicas e iniciar el trámite por Rechazo de la Contingencia para que la SRT determine que efectivamente se trató de un hecho laboral.

    1. Si la ART hace “silencio” y no te atiende
      Por ley, la aseguradora tiene plazos fijos para expedirse tras una denuncia. Si sufriste el accidente, diste el aviso correspondiente y la ART no te cita, no te brinda las prestaciones médicas en especie (médicos, farmacia, traslados) o hace silencio, estás habilitado para solicitar la intervención médica inmediata de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

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Recordá que para la gran mayoría de las gestiones ante las Comisiones Médicas es necesario contar con patrocinio letrado obligatorio, ya que es un requisito legal para proteger tus derechos.

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